Solicitud de Incentivos 2020

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Se comunica a la comunidad de docentes investigadores que a partir de este momento y hasta el 28 de Diciembre de 2021, permanecerá abierta la convocatoria para envío de solicitud de pago de incentivos 2020.

El procedimiento consta de dos pasos descriptos en el siguiente listado:

  1. Ingresar al sistema de incentivos (https://incentivos.siu.edu.ar/) y completar el formulario, enviarlo y descargar el comprobante PDF. El instructivo detallado de carga para este paso está disponible para su descarga haciendo click AQUIA tener en cuenta a la hora de completarlo:
    • Revise que esté bien su categoría (de no estar bien, debe indicar en el formulario del paso 2 su categoría firme para que se reclame luego si viene mal liquidado)
    • Revise que los cargos que se le asignan (En el botón “Ver cargos”) son todos los que le corresponden en el periodo 2020, así como las licencias, cambios de cargo, etc. Si algo no está como debería lo informará en el formulario de la SCAIT (paso 2) adjuntando documentación probatoria.
    • En el Art. 26 y 27* (cantidad de horas de clase) no puede ir vacío, en caso de no haber dado clase deberá consignar 0 (cero) para que el formulario permita que lo envíe. La horas de clase virtual cuentan como clases.
    • Elija el proyecto por el que cobra incentivos en el ultimo recuadro usando el desplegable.
    • Una vez terminado, hace click en el botón “ENVIAR”, se recargará la pagina y le ofrecerá un botón “Imprimir comprobante”, al hacer click en este ultimo le descargará el PDF que luego adjuntará en el formulario del paso 2.
    • Si comenzó la carga del formulario y por alguna razón no lo finaliza, puede hacer clic en “Guardar” para que queden guardados sus cambios y la próxima vez que entre esté como lo dejó.
  2. Ingresar en el siguiente formulario que reemplaza la presentación en papel y posibilita que desde la SCAIT constatemos que le hayan liquidado bien su incentivo (y reclamar en tal caso) de lo contrario es muy complicado detectar estas diferencias que son frecuentes:
    Para acceder al formulario haga click en el siguiente link:  https://forms.gle/EA3HvhzAfdhCbAxRA  , debe completarlo y adjuntar el comprobante que descargó del sistema de incentivos (paso 1) donde se indica.
    A tener en cuenta a la hora de completarlo:

    • Al finalizar el formulario le confirmará el envío con un mensaje en pantalla, esta confirmación es suficiente.
    • El formulario le solicitará estar logueado con una cuenta de Gmail pero dicha cuenta no llegará a nosotros, por lo que no importa si no es suyo, el “correo del declarante” es el que nos llega.
    • La cuenta con la que está logueado debe tener espacio en su GDrive a pesar de que no lo usa, son restricciones de Google, de lo contrario le dará error. Libere espacio o cambie de cuenta y no tendrá mas el problema.
    • Si le cambia el nombre al archivo PDF que descarga del paso 1, procure ponerle uno sin espacios, de lo contrario le dará error al momento de querer cargarlo en este del paso 2.
    • El formulario del sistema de incentivos no necesita ser firmado por el docente.
    • No hay que presentar nada en la SCAIT de manera presencial, este paso reemplaza la presentación en papel.
    •  Si no completa este segundo formulario, puede tener problemas posteriormente con el pago ya que no podremos reclamar si algo está mal con lo que le liquida el sistema (cosa que ocurre con frecuencia).

Por cualquier duda puede escribir a erikatbecker@ct.unt.edu.ar

Con las preguntas que nos van haciendo, vamos armando un documento de PREGUNTAS FRECUENTES que quizá pueda servirles, lo pueden ver haciendo click AQUI.


Recomendamos leer el manual de procedimientos publicado en la sección de incentivos. A continuación les copiamos igualmente algunas secciones importantes que suelen generar duda a la hora de cargar el formulario:

ARTICULO 26.- (CARGA DOCENTE MINIMA)
Los docentes de instituciones universitarias de gestión estatal que participen del Programa de Incentivos a los Docentes Investigadores, deberán cumplir con las siguientes condiciones docentes para poder percibirlo:
a) Destinar al menos un TREINTA POR CIENTO (30%) del tiempo de su dedicación total a la institución universitaria de gestión estatal a actividades de docencia de grado.
b) Destinar al dictado de clases de grado un mínimo de CIENTO VEINTE (120) horas anuales.
* ARTICULO 27.- (DOCENCIA DE POSGRADO)
Cada institución universitaria de gestión estatal podrá sustituir hasta un CINCUENTA POR CIENTO (50%) de la exigencia mencionada en el artículo anterior, por la alternativa de dictar cursos en carreras de posgrado. En todos los casos los cursos deberán formar parte de los planes de estudio y estar avalados por la institución universitaria de gestión estatal.