Nueva disposición de la AFIP para comprobantes de compra
De acuerdo a la Resolución General AFIP Nº 4290/2018, se comunica que los comprobantes respaldatorios de gastos (facturas, recibos, tickets) emitidos a partir del 01 de abril del 2019 deben ser comprobantes electrónicos y poseer CAE / CAEA o ticket emitido por controlador fiscal. Esto significa que no podrán aceptarse comprobantes emitidos manualmente.
Por lo tanto, solicitamos tener en cuenta esta nueva disposición a fin de evitar inconvenientes en las rendiciones de los distintos subsidios: PIUNT, PICT, PDTS, etc.
Por más información comunicarse con la Cra. Adriana Riscala, directora de Administración y Contabilidad General de la SCAIT. E-mail: ariscala@ct.unt.edu.ar. Tel/Fax: 0381 4305647.